HABILITAN LA TEMPORADA DE PESCA

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Se encuentra habilitada la temporada de pesca con fines deportivos y recreativos, en todos los cursos de agua, de los ríos Lavayen, San Francisco y sus afluentes, hasta el 01 de diciembre de 2018, según informó el Ministerio de Ambiente de Jujuy.



A través de la Resolución 027/2018 de la Secretaría de Biodiversidad del Ministerio de Ambiente, se informa a la comunidad que se habilitó la temporada de pesca en todos los cursos de agua comprendidos dentro de la jurisdicción de la Provincia de Jujuy.

En el mismo sentido, se aclara en el documento que “por pesca se entiende el arte licito, noble y recreativo de aprehender peces con medios debidamente autorizados y en los lugares habilitados a tal efecto, quedando prohibido en todas las áreas naturales salvo aquellas autorizadas expresamente por organismo competente”.

En el texto de la Resolución se hace especial énfasis en la prohibición de la práctica de la pesca en las Áreas Naturales Protegidas y Reservas de la provincia, así como en la necesidad de tramitar las licencias y permisos diarios, cuya gestión se debe realizar de manera personal y tienen el carácter de intransferibles.

Prohibiciones

Entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Ambiente en el marco de la resolución, se prohíbe el uso de redes de arrastre, pollera, arpones, espineles, robadores (salvo los permitidos para los señuelos), latas o boyas con anzuelos encarnados y a la deriva. Asimismo, queda terminantemente prohibida la utilización de sustancias toxicas o venenosas, explosivos, disparar armas de fuego o dispositivos de aire comprimido sobre los peces o cualquier otro elemento o método que pueda considerarse nocivo para la conservación de la fauna íctica.

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Igualmente están vedadas en todo el territorio provincial la captura de especies tales como el “Dorado” (Salminus brasiliensis), el “Surubi” (Pseudaplatystoma coruscans), el “Sabalo” (Prochilodus lineatus) y el “Bagre cuchara” (Sorubin lima) por ser especies de distribución marginal y en franco retroceso numérico en Jujuy. Por esta razón, en caso de captura se solicita devolver inmediatamente al ejemplar al agua.

Por otra parte, se establece para la pesca de las demás especies la cantidad máxima de veinticinco (25) piezas permitidas en total, por día y por pescador, salvo en el caso de la “Trucha” (Oncorhynchus mykiss) y la “Carpa” (Cyprimus Carpio) que no tendrá limite por tratarse de especies exóticas y sembradas con ese fin. Así como también, y aun a pesar de considerar al “Pejerrey” (Odonteshes bonariensis) una variedad exótica, por ser este uno de los atractivos turísticos para la pesca deportiva en los espejos de agua de la provincia, se determina un máximo de treinta (30) piezas permitidas en total, por día y por pescador.

Finalmente se prohíbe la introducción y siembra en todo el territorio provincial de especies exóticas, salvo permiso previo del organismo competente, el cual lo otorgará solo cuando fuera benéfico a la Provincia y no constituya riesgo para la fauna íctica nativa.

Para tramitar los permisos de pesca, los interesados podrán dirigirse al edificio del Ministerio de Ambiente, ubicado en República de Siria 147, N° 147, de la ciudad de San Salvador; o bien dirigirse a los comercios habilitados.

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